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Alquiler y venta de
ambulancias para empresas



Contar con una movilidad de emergencia
El Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería (D.S. 024-2016-EM) menciona la obligatoriedad de contar con una ambulancia en operaciones mineras, dependiendo del número de trabajadores y la ubicación del proyecto.
- Artículo 157 : Se exige que las unidades mineras dispongan de un servicio de transporte sanitario (ambulancia) , equipadas para emergencias y con personal capacitado.
- Artículo 158 : Si la unidad minera se encuentra a más de una hora de distancia de un centro de salud, debe contar con una ambulancia equipada y personal capacitado.
Las empresas deben contar con un centro de salud ocupacional acorde al nivel de riesgo de las operaciones.
Tipos de ambulancias
Ambulancia Tipo I: Únicamente para el traslado de pacientes o heridos en condiciones que no pongan en riesgo potencial su vida y salud.
Ambulancia Tipo II: Para el transporte asistido de pacientes o herido con la capacidad de asistencia médica básica y condiciones especiales para el traslado.
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